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Certificación de documentos y copias certificadas

La certificación de documentos y copias certificadas son dos actos diferentes.

  • La certificación de documentos es para dar fe de que los documentos presentados ante el notario eran originales o copia de originales.

  • Las copias certificadas son copias de instrumentos en que el notario participó como fedatario.

Requisitos Generales

  • La persona que pida la certificación deberá identificarse.

  • Deberá presentar el documento en original o en su caso al ser copia simple o copia certificada se realizará la mención del tipo de documento.

  • Se hará constar el número de hojas de que consta el documento y si están impresas las hojas por un solo lado o por ambos.

  • La fecha de la certificación.

  • Firma del notario y su sello de autorizar.

  • Se estampará en cada hoja el sello de autorizar, rúbrica y holograma del Consejo de Notarios para protección y autenticidad.

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Requisitos particulares para Copias Certificadas en que el Notario participó

  • Por orden judicial, el juez solicita mediante oficio la expedición de copias certificadas de un instrumento del notario.

  • Para integrar una averiguación previa para la integración de carpetas de investigación.

  • Copias certificadas para trámites ante dependencias públicas o privadas

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