Certificación de documentos y copias certificadas
La certificación de documentos y copias certificadas son dos actos diferentes.
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La certificación de documentos es para dar fe de que los documentos presentados ante el notario eran originales o copia de originales.
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Las copias certificadas son copias de instrumentos en que el notario participó como fedatario.
Requisitos Generales
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La persona que pida la certificación deberá identificarse.
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Deberá presentar el documento en original o en su caso al ser copia simple o copia certificada se realizará la mención del tipo de documento.
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Se hará constar el número de hojas de que consta el documento y si están impresas las hojas por un solo lado o por ambos.
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La fecha de la certificación.
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Firma del notario y su sello de autorizar.
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Se estampará en cada hoja el sello de autorizar, rúbrica y holograma del Consejo de Notarios para protección y autenticidad.
Requisitos particulares para Copias Certificadas en que el Notario participó
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Por orden judicial, el juez solicita mediante oficio la expedición de copias certificadas de un instrumento del notario.
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Para integrar una averiguación previa para la integración de carpetas de investigación.
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Copias certificadas para trámites ante dependencias públicas o privadas