El trámite para comprar un inmueble es un camino largo pero no tiene que ser tortuoso.
Hay tres etapas en el proceso de compra de tu inmueble
Las etapas de la compra y venta de un inmueble
Previo a la escrituración:
La etapa previa a la escrituración se caracteriza por la búsqueda del inmueble de tu gusto, ya sea una casa, un terreno, una oficina, local comercial o bodega.
Generalmente te entrevistarás directamente con el vendedor o un corredor inmobiliario. Ya sea para una venta o preventa de un inmueble.
Asegúrate de poder visitar y entrar al inmueble para tener mayor seguridad. Y que tengas la facilidad de contratar a un abogado o Notaria Pública para hacer el proceso de revisión de la documentación para evitar riesgos al momento de firmar un contrato privado de compraventa.
En esta etapa una vez que tú como vendedor o tú como comprador han acordado el precio sobre el inmueble inician con el proceso de escrituración.
Una vez pactado el inmueble y su precio, muchas personas firman un contrato privado de compraventa, otros le llaman contrato preparatorio de compraventa, pero son dos instrumentos distintos con efectos legales diferentes. La recomendación es que te asesores antes de firmar alguno de estos dos contrato.
El contrato preparatorio de compraventa se firma cuando existe algún trámite pendiente por parte del dueño del inmueble sobre su propiedad, puede ser alguna licencia de habitación o habitabilidad, entrega de la obra, etc.
Por su parte un contrato privado de compraventa, es en realidad un verdadero contrato, en el que se pactan además del precio y el inmueble que se está vendiendo, la fecha de entrega y recepción del inmueble, las garantías por desperfectos, entre otras opciones.
La escrituración:
En la escrituración el Notario Público ayudará a las partes a plasmar en una escritura pública el convenio de compra-venta del inmueble que pactaron tanto el comprador como el vendedor.
Para ello, el vendedor tendrá que demostrar que es el dueño del inmueble con la escritura pública en la que compró dicho inmueble, debiendo estar inscrita la escritura en el Registro Público de la Propiedad, y que se encuentre libre de algún tipo de gravamen como puede ser una hipoteca. Además, se cerciorará de que no existan adeudos por servicios de agua potable y alcantarillado, ni adeudos por cuotas condominales ni por deudas al municipio por pago del impuesto predial.
Previo a la escrituración el Notario Público solicitará realizar un avalúo con valores catastrales para poder determinar los impuestos a pagarse por la adquisición del inmueble, además enviará un aviso previo al Registro Público de que se está llevando ante su fe un acuerdo de compraventa.
Una vez teniendo toda la documentación se realizará la firma de la escritura pública por el Comprador y el Vendedor.
Posterior a la escrituración:
Cuando se firma la escritura pública, ésta pasar un proceso interno dentro de la Notaría Pública, primeramente se revisa de nueva cuenta la escritura para revisar que no haya habido errores, de que todos los impuestos y honorarios estén cubiertos y que la documentación esté completa. Verificando todo lo anterior el Notario Público autoriza la escritura y manda un aviso al Archivo de Instrumentos Públicos con un duplicado de la Escritura.
Luego el Notario Público acude ante el catastro municipal del municipio correspondiente al inmueble para pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, lo que genera el cambio de propietario, además solicita el cambio de propietario ante el servicio de Agua Potable y Alcantarillado.
A su vez, entera los impuestos federales que se hayan generado como pueden ser el caso del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Además de dar un aviso de adquisición y de venta ante el propio Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Después de todo ello, manda un testimonio para su registro ante el Registro Público de la Propiedad (RPP) con toda la documentación necesaria para realizar el pago correspondiente sobre derechos de registro. Que después el propio Registro regresa el testimonio para ser entregado por el Notario Público al comprador.