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El Notario Público podrá certificar la autenticidad de firmas y la ratificación de documentos privados.

Dicha certificación se hará constar en el mismo documento o en un documento anexo.

Para ello, el acta que se levante deberá ser firmada por las personas que comparecen ante el Notario Público y la firma que autoriza el notario.

Signing a Contract

Ratificación de documentos y autenticidad de firmas

Requisitos

  • Las personas que comparezcan deberán identificarse.

  • Firmarán el acta que se levante por el Notario Público, en el propio documento o en hoja anexa.

  • Un tanto del documento se quedará en el Libro de Documentos de Certificaciones del Notario Público así como los documentos que tengan conexión con la certificación.

  • Será dicha acta firmada por el Notario Público, se autorizará e incluirá holograma de seguridad.

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